Córdoba pone reglas al futuro de la energía comunitaria
La discusión energética en Córdoba acaba de sumar un paso importante, aunque todavía poco visible para el gran público. El ERSEP resolvió adoptar el instructivo técnico “SG-I463 Prefactibilidad de Usuarios Comunitarios Versión 01”, aprobado previamente por EPEC en noviembre de 2025, y extender su aplicación a las cooperativas concesionarias del servicio público de distribución eléctrica de toda la provincia. No se trata de una nueva tarifa ni de un beneficio económico directo. Lo que se ordena aquí es algo más estructural, las condiciones técnicas bajo las cuales podrán analizarse los proyectos comunitarios de generación renovable que quieran conectarse a la red.
Ese dato, que en apariencia puede parecer administrativo, tiene una importancia política y social concreta. La resolución coloca dentro del marco regulatorio provincial a una figura que venía ganando lugar en el debate contemporáneo sobre transición energética, la generación distribuida comunitaria. El propio ERSEP encuadra esta decisión en la adhesión de Córdoba a la Ley Nacional 27.424 y en la normativa provincial que regula la generación distribuida de energía renovable integrada a la red pública, reconociendo que las modalidades comunitarias deben ser entendidas dentro de ese régimen.
Lo central es que, desde ahora, antes de instalar o proyectar un sistema comunitario de energía renovable, será necesario pedir una prefactibilidad de conexión. Eso implica presentar información técnica específica para que se evalúe si la red puede recibir esa energía sin generar inconvenientes operativos. La Sección Técnica de la Gerencia de Energía Eléctrica del ERSEP sostiene expresamente que el instructivo organiza la documentación que debe aportar el usuario y que la estandarización de esos requisitos agiliza el análisis, optimiza los tiempos de respuesta y aporta previsibilidad a los interesados.
Ese punto cambia la lógica del debate. Ya no alcanza con la voluntad de producir energía renovable ni con la decisión institucional de impulsar una experiencia comunitaria. Habrá que demostrar viabilidad técnica. El boletín oficial señala que el análisis contempla estudios de impacto de red para modelar el comportamiento del sistema ante la inyección de excedentes y también examina las tipologías del punto de conexión para sostener una configuración segura y funcional de la red. Es decir, la provincia habilita la posibilidad de estos proyectos, pero lo hace bajo un principio de control previo, seguridad operativa y previsibilidad regulatoria.
Allí aparece el núcleo de la resolución. Córdoba no dice simplemente que los proyectos comunitarios podrán conectarse. Lo que dice es que primero deberán pasar por una instancia técnica que determine si esa conexión resulta compatible con el funcionamiento del sistema eléctrico. Esa decisión revela una forma de gobernar la transición energética. La expansión renovable no quedará librada solo al entusiasmo innovador ni al impulso local de cooperativas, municipios o grupos organizados. Estará atravesada por un lenguaje regulatorio cada vez más preciso, donde la factibilidad técnica será condición de ingreso.
Para las cooperativas eléctricas el tema es especialmente relevante. El ERSEP dispuso que este instructivo no rija solamente para EPEC, sino también para las cooperativas concesionarias del servicio público de distribución eléctrica de la provincia, con el objetivo explícito de homogeneizar los criterios de acceso a la red en todo el territorio cordobés. En los hechos, eso significa que se construye una regla común para una agenda que puede impactar en comunidades energéticas, municipios, comunas, consorcios, usuarios agrupados e instituciones interesadas en compartir generación renovable.
La homogeneización puede ser leída como una ventaja institucional. Disminuye la dispersión de criterios, reduce la discrecionalidad y ofrece un marco más claro para quienes quieran impulsar proyectos de este tipo. Pero también establece una exigencia mayor. La energía comunitaria ya no podrá pensarse solo como una consigna territorial o ambiental. Va a requerir capacidad de diseño, respaldo técnico, planificación y adecuación a estándares regulatorios. En otras palabras, la política energética comunitaria empieza a salir del terreno declarativo para ingresar en una fase de mayor formalización.
La propia resolución del ERSEP justifica esta adopción como una herramienta orientada a mejorar la eficacia en la prestación del servicio público concesionado y como complemento de la normativa ya admitida por la Resolución General ERSEP Nº 03/2002. Esa formulación deja ver que el organismo busca equilibrar dos objetivos al mismo tiempo. Por un lado, acompañar la incorporación de recursos renovables y nuevas formas de generación. Por otro, preservar la estabilidad de la red, el control sobre las instalaciones y la calidad general del servicio.
Desde una mirada política, la señal es clara. La provincia abre la puerta a la generación distribuida comunitaria, pero no lo hace en nombre de una liberalización plena del acceso, sino a través de un esquema de regulación técnica unificada. El mensaje de fondo parece ser que la transición energética puede avanzar, aunque bajo condiciones previamente verificadas por el regulador y los distribuidores. Ese formato puede ordenar el crecimiento del sector, aunque también podría convertirse en una barrera para experiencias pequeñas si los requisitos técnicos terminan siendo demasiado complejos o costosos para actores comunitarios con menor capacidad operativa.
Por eso, más allá del expediente puntual, lo que se empieza a discutir es el modelo de desarrollo energético que Córdoba quiere construir. Si la energía renovable comunitaria aspira a convertirse en una herramienta real de democratización del acceso, reducción de costos, autonomía territorial y fortalecimiento cooperativo, el desafío no será solo técnico. También será político e institucional. Habrá que ver si el nuevo marco regulatorio termina funcionando como una palanca de organización o como un filtro que solo algunos actores puedan atravesar.
Lo que ya está claro es que el ERSEP dio un paso de fondo. La energía comunitaria dejó de ser apenas una promesa discursiva y empezó a convertirse en un asunto regulado, con procedimientos, criterios y condiciones de acceso. En tiempos donde la cuestión energética se cruza con el desarrollo local, la sustentabilidad y el futuro de los servicios públicos, esa decisión merece ser leída con mucha más atención de la que hasta ahora recibió.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, miércoles 22 de abril de 2026, Resolución General N° 69 Letra D del ERSEP sobre adopción del instructivo “SG-I463 Prefactibilidad de Usuarios Comunitarios Versión 01”.
No hay resultados para mostrar.
Todos los derechos reservados.
v2.17.0

