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Cuando la ART no alcanza: salud laboral, precarización y derechos en crisis

En el marco de la edición quincenal de Revista Vértices por el Día del Trabajador, Luciana Puntonet, abogada laboralista de Villa María, analiza la situación actual de la salud laboral en Argentina y advierte sobre un escenario crítico para quienes trabajan. Desde una mirada jurídica, la profesional vincula el deterioro del salario, la precarización, la eliminación de sanciones al trabajo no registrado, las reformas laborales recientes y las limitaciones del sistema de ART con una regresión concreta de derechos. En especial, cuestiona el Decreto 549/25, que según su interpretación resulta inconstitucional y modifica el modo de evaluar incapacidades, reduciendo porcentajes resarcitorios ante lesiones iguales. Para la laboralista, el problema no es solo médico ni administrativo, sino profundamente social: cuando una ART rechaza enfermedades, otorga altas sin solución o minimiza secuelas, empuja al trabajador a reclamar judicialmente lo que debería haber recibido desde el inicio

Un modelo productivo que deteriora la salud de quienes trabajan


En el marco del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, la laboralista plantea un diagnóstico sin rodeos sobre el presente argentino. Para la profesional, el modelo productivo actual no está pensado para proteger a quienes sostienen el trabajo cotidiano, sino para priorizar otras variables.

 

“El modelo productivo actual, neoliberal financiero, tiende a favorecer a un sector de la sociedad, que no son los trabajadores”, afirma. Según explica, la lógica vigente prioriza valorización financiera, desregulación de mercados y libre circulación de capitales por encima de la producción real y del bienestar de quienes trabajan. En esa cadena, advierte, el trabajador ocupa el lugar más débil. “Es el último eslabón y el que menos importa en términos económicos”, sostiene.

 

Precarización, ajuste y una regresión de derechos


Para la abogada, el deterioro no es abstracto. Tiene forma concreta en las reformas recientes. Señala que las modificaciones impulsadas por el Gobierno nacional en materia laboral configuran una regresión clara de derechos ya consolidados.

 

“La sanción de la Ley Bases eliminó las multas aplicables a empleadores por trabajo no registrado, fomentando así la precarización laboral”, advierte. El razonamiento es directo. Si una conducta deja de ser sancionable, también se debilita la posibilidad de exigir su cumplimiento.

 

A eso suma los cambios introducidos por la llamada Ley de Modernización Laboral, que modificó cuestiones centrales vinculadas a jornada, horas extras e indemnizaciones. Para la especialista, ninguna de esas medidas mejora la situación del trabajador. Al contrario, la empeora.

 

Trabajar más para sostener lo mismo


La entrevistada también pone el foco en una consecuencia silenciosa pero cada vez más extendida. La caída del salario obliga a rediseñar la vida cotidiana de quienes trabajan.

 

“La situación económica, la inflación encubierta y la caída del salario obliga a los trabajadores a tener más de un trabajo”, explica. Muchas veces no se trata de mejorar ingresos, sino simplemente de sostener condiciones mínimas de vida.

 

Ese fenómeno no solo aumenta la carga horaria y el desgaste físico, también impacta sobre la salud mental, el descanso y la posibilidad de sostener una rutina estable.

 

Los límites reales del sistema de ART


Consultada por el sistema de riesgos del trabajo, la especialista reconoce que el esquema previsto en la Ley 24.557 brinda protección, pero con límites cada vez más evidentes.

 

“El sistema de ART protege al trabajador, con limitaciones”, resume. Recuerda que su función es doble, prevenir y reparar. Sin embargo, advierte que en la práctica muchas veces ninguna de esas funciones se cumple de manera suficiente.

 

Uno de los puntos más críticos aparece con el Decreto 549/25, que la profesional considera “a mi entender inconstitucional”. Según explica, la nueva normativa modifica la forma en que se evalúan incapacidades y reduce significativamente los porcentajes indemnizatorios.

 

Misma lesión, menos reparación


Para graficar el impacto concreto de esa reforma, la laboralista ofrece un ejemplo claro. “Si antes por una hernia de disco el trabajador recibía un pago basado en un 30% de incapacidad, ahora recibirá uno basado en un 15% o menos”, explica.

 

La lesión es la misma, pero la reparación cambia. El resultado es directo. Menor compensación económica para un trabajador que seguirá cargando con la misma secuela física y con menor capacidad de competir en el mercado laboral.

 

La profesional advierte que el nuevo esquema devalúa incapacidades, reduce resarcimientos y deja al trabajador con menos herramientas para enfrentar las consecuencias de una lesión permanente.

 

Lo que el sistema no reconoce


Uno de los puntos más delicados del análisis aparece cuando se refiere a lo que el sistema directamente deja afuera. Según explica, hoy ya no se pondera el dolor como dimensión relevante de la lesión, sino solo aquello que puede medirse de forma orgánica.

 

En materia psicológica, el recorte es todavía más severo. “Solo se admiten cuadros psiquiátricos derivados de eventos catastróficos”, señala. Eso deja afuera situaciones cada vez más frecuentes en el mundo del trabajo, como hostigamiento, desgaste crónico o acoso laboral.

 

“No se reconoce mobbing ni el desgaste psicológico crónico”, advierte, marcando una de las zonas más críticas del sistema actual.

 

Alta litigiosidad o respuesta tardía


La especialista también cuestiona uno de los argumentos más usados para desacreditar reclamos laborales. La llamada “industria del juicio”.

 

En su mirada, la alta litigiosidad no surge por exceso de reclamos, sino por la falta de respuestas adecuadas. “Si el trabajador recibiera una respuesta adecuada de su ART en un primer momento, no tendría que reclamar por vía judicial absolutamente nada”, afirma.

 

El problema, sostiene, aparece cuando la cobertura se rechaza, el alta llega sin solución real o enfermedades claramente vinculadas al trabajo son calificadas como inculpables para evitar cobertura.

 

Derechos que todo trabajador debería conocer


Ante una contingencia laboral, la profesional recuerda que todo trabajador tiene derechos concretos que muchas veces desconoce. Accidente de trabajo, accidente in itinere o enfermedad profesional deben ser cubiertos por la ART.

 

Eso incluye atención médica, asistencia farmacéutica, prótesis, rehabilitación, recalificación profesional, transporte y pago del salario durante el período de tratamiento. Si quedan secuelas incapacitantes, además, corresponde indemnización.

 

La situación cambia drásticamente cuando el trabajador no está registrado. En esos casos, advierte, la obligación ya no recae en una ART, sino directamente en el empleador, con todas las dificultades que eso implica para quien depende de conservar su fuente laboral.

 

La responsabilidad empresaria y el rol del Estado


En materia preventiva, la abogada recuerda que el empleador tiene responsabilidades concretas. Debe contar con afiliación vigente a una ART, cumplir normas de higiene y seguridad, entregar elementos de protección personal, capacitar y denunciar contingencias.

 

El Estado, por su parte, ejerce control a través de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. En el plano formal, explica, sus funciones son claras. Controlar ART, garantizar prestaciones, promover prevención y elaborar estadísticas.

 

Pero en la práctica, el diagnóstico vuelve a ser crítico. “Las respuestas concretas muchas veces las encontramos en los estrados judiciales y no en este organismo”, señala, marcando la distancia entre el diseño normativo y su aplicación real.

 

Trabajo digno, salud y justicia social


Al cierre, la especialista recupera el marco de la OIT y su llamado a prevenir riesgos psicosociales, fortalecer el diálogo social y construir condiciones de trabajo más sanas y justas.

 

Sin embargo, reconoce que ese horizonte hoy parece lejano. “Es impensable en la Argentina de hoy”, sostiene, frente a un escenario marcado por recorte de derechos, falta de debate y retroceso institucional.

 

Desde su mirada, las normas recientes no expresan una política pública protectora, sino exactamente lo contrario. Por eso deja una definición final que también es una expectativa. Aspira, como abogada, a que sea el sistema judicial quien todavía pueda ofrecer una respuesta real y concreta allí donde el Ejecutivo retrocede.

 

Fuente: en exclusivo para Revista Vértices.

Información

Foto: Info Blanco sobre Negro

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