El Certificado MiPyME y una barrera que afecta a las cooperativas
Un nuevo obstáculo para las cooperativas
Verónica San Martín puso el foco en “un nuevo obstáculo que están enfrentando las cooperativas”, vinculado al Certificado MiPyME.
Se trata de una herramienta administrativa que resulta central para acceder a beneficios fiscales, mejores condiciones de financiamiento y programas de asistencia.
El Certificado MiPyME es “un documento oficial que emite la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ARCA, antes AFIP, y la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo”, que acredita que una empresa es micro, pequeña o mediana en Argentina.
La importancia del certificado no es menor.
En la práctica, funciona como una llave de acceso a herramientas que pueden ser decisivas para la continuidad y el fortalecimiento de muchas unidades productivas.
Por eso, cuando una cooperativa queda excluida o enfrenta mayores trabas para obtenerlo, no se trata solo de un trámite.
Se trata de una barrera concreta para su desarrollo.
Beneficios claves para producir y sostenerse
San Martín explicó que el certificado “abre la puerta a beneficios claves”.
Entre ellos, permite acceder a “ventajas impositivas, mejores condiciones de financiamiento y programas de asistencia”.
Dentro de los beneficios más importantes se encuentran “el pago diferido del IVA a 90 días”, “tasas de interés más bajas y líneas de crédito exclusivas”, además del acceso a “programas de capacitación y mejora de la competitividad”.
También se mencionan “la exención del impuesto al retiro en efectivo para micro y pequeñas empresas” y “la posibilidad de compensar hasta el 100% del impuesto al cheque con el pago de ganancias”, entre otros instrumentos.
Estos beneficios pueden marcar una diferencia importante para cualquier pequeña o mediana unidad productiva.
En el caso de las cooperativas, resultan todavía más relevantes porque muchas de ellas cumplen funciones sociales, productivas, territoriales y comunitarias que no siempre son reconocidas por los esquemas tradicionales de política económica.
El cambio que modificó las condiciones
Hasta marzo de 2023, las cooperativas que cumplían con los parámetros de ventas y activos, y que no tenían deudas impositivas, “podían obtener el Certificado MiPyME y acceder a todos estos beneficios sin inconvenientes”.
Sin embargo, en ese mismo mes, una disposición de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores modificó la definición de empresa.
El cambio incorporó como requisito “la existencia de ánimo de lucro en el desarrollo habitual de las actividades”.
San Martín remarcó que este punto es clave.
“No corresponde exigir ánimo de lucro para reconocer a una empresa”.
La observación apunta directamente al corazón del problema, porque las cooperativas no tienen fines de lucro, pero eso no significa que no produzcan, no generen empleo, no organicen recursos o no participen de la economía nacional.
La incorporación de ese requisito provoca una tensión evidente entre la naturaleza jurídica de las cooperativas y los criterios administrativos que habilitan el acceso al certificado.
Empresas con fines económicos o benéficos
Para fundamentar su planteo, San Martín recordó que la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo define a la empresa como “una organización de medios personales, materiales e inmateriales, organizada bajo una dirección para cumplir fines económicos o benéficos”.
Esta definición permite comprender por qué el ánimo de lucro no debería ser una condición excluyente.
Una organización puede desarrollar actividad económica, generar trabajo, administrar recursos y cumplir funciones productivas sin estar orientada a la ganancia privada.
Sin embargo, la nueva normativa introduce esa condición y, como las cooperativas no tienen fines de lucro, “deja de reconocerlas como empresas MiPyME, aun cuando cumplen con todos los criterios productivos y económicos que establece la ley”.
Ese punto muestra una contradicción de fondo.
Las cooperativas pueden cumplir con los parámetros de facturación, activos, producción y funcionamiento económico, pero aun así quedar desplazadas por un criterio que desconoce su identidad asociativa.
Una desigualdad frente a otras pymes
Con este cambio, las cooperativas pasan a ser consideradas “formas asociativas” y ya no empresas a los efectos del certificado.
Solo pueden acceder a la condición MiPyME si sus integrantes, de manera individual, son reconocidos como tales.
La consecuencia práctica es compleja.
Para renovar el Certificado MiPyME, la cooperativa debe completar todos los años la nómina de sus integrantes a través de la página del INAES.
Además, cada asociado o asociada debe contar de forma individual con su propio certificado MiPyME.
San Martín advirtió que “en la práctica, esto genera una barrera”.
Esa barrera limita el acceso de las cooperativas a los mismos beneficios que tienen otras pymes y “rompe el principio de igualdad de condiciones”.
La desigualdad aparece con claridad.
Dos unidades productivas pueden tener similar escala, similar actividad económica y similares necesidades de financiamiento, pero una de ellas puede quedar en desventaja por tener organización cooperativa y no perseguir fines de lucro.
El espíritu de la ley y el rol de las cooperativas
La situación también “va en contra del espíritu de la ley”, que busca promover el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas “como parte del crecimiento de la economía nacional”.
En ese crecimiento, las cooperativas cumplen un rol fundamental.
Producen bienes y servicios, sostienen empleo, fortalecen economías locales, organizan trabajo asociado, reinvierten recursos en sus comunidades y muchas veces llegan donde el mercado tradicional no encuentra rentabilidad suficiente.
Por eso, excluirlas o dificultarles el acceso a herramientas de promoción productiva debilita no solo al sector cooperativo, sino también a la economía social y solidaria en su conjunto.
El debate sobre el Certificado MiPyME no es apenas una discusión técnica.
Es una discusión sobre qué tipo de empresas reconoce el Estado, qué modelos productivos promueve y qué lugar ocupan las cooperativas dentro de la economía nacional.
Igualdad de condiciones para el desarrollo cooperativo
El planteo de Verónica San Martín permite visibilizar una problemática concreta.
Las cooperativas necesitan acceder en igualdad de condiciones a beneficios impositivos, financiamiento, capacitación y programas de asistencia.
Si cumplen con los criterios productivos y económicos exigidos, no deberían quedar afuera por no tener ánimo de lucro.
Precisamente, su carácter no lucrativo es parte de su aporte distintivo.
En lugar de distribuir ganancias privadas, las cooperativas orientan su actividad a resolver necesidades, sostener trabajo y fortalecer comunidades.
Reconocerlas como parte del universo MiPyME no implica un privilegio.
Implica garantizar igualdad de trato para un sector que produce, emplea, organiza y aporta al desarrollo nacional desde una lógica solidaria.
Fuente: Intervención de Verónica San Martín para el Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos, sobre el Certificado MiPyME y el acceso de las cooperativas a beneficios impositivos, financieros y programas de asistencia.
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