El conflicto crece y la calle responde: Nadia Brossard exige prisión efectiva
Una denuncia que irrumpió en el espacio público
“Venimos a decirles que en este lugar vive una persona acusada de abuso sexual”, expresó Brossard con un megáfono durante la primera manifestación realizada días atrás. Allí denunció la situación procesal de Rodrigo Santi, imputado en una causa por abuso sexual con acceso carnal contra menores de edad, quien cumple prisión domiciliaria en el marco de una causa judicial que aún se encuentra en trámite. Según manifestaron las organizaciones, esta medida fue otorgada en plena feria judicial, lo que generó indignación y temor en la comunidad.
Desde los espacios convocantes aclararon que el reclamo se inscribe en el marco del derecho a la protesta y no implica un reemplazo del accionar judicial, sino una exigencia pública para que el sistema de Justicia adopte medidas que garanticen la protección de las víctimas y de la sociedad.
El miedo como dato social y político
La dirigente remarcó que las víctimas tienen muchísimo miedo y que ese temor se extiende al conjunto de la sociedad, situación que quedó reflejada en la última movilización realizada en la localidad de La Playosa. Señaló además que, según lo expresado por las organizaciones, el imputado mantiene vínculos con espacios de poder político, se desempeñó como bombero y proviene de una familia con recursos económicos, elementos que —desde la percepción social— profundizan la sensación de desigualdad ante la ley.
Las organizaciones aclararon que estas expresiones forman parte de una lectura social y política del caso y no constituyen una calificación judicial sobre la situación procesal del acusado.
Un reclamo directo a la Justicia
“Venimos a exigir al sistema judicial que deje de ser clasista y patriarcal”, sostuvo la referente social. El pedido central es la revisión de la medida de prisión domiciliaria y la adopción de medidas más restrictivas, con el objetivo de garantizar la seguridad de las víctimas y evitar situaciones de revictimización.
“El único domicilio fijado debería ser el servicio penitenciario número 5”, expresó Brossard en el marco de la manifestación, dejando en claro que se trata de un reclamo político y social dirigido al Poder Judicial. Desde las organizaciones remarcaron que no se trata de venganza, sino de garantías mínimas de justicia, cuidado de las víctimas y responsabilidad institucional.
Interpelación a inmobiliarias y control social
Durante la protesta también se pidió a las inmobiliarias que actúen con responsabilidad social frente a situaciones de esta naturaleza. Brossard fue enfática al señalar que la sociedad organizada ejercerá un seguimiento público del caso, sin reemplazar en ningún momento el rol que le corresponde a la Justicia. “No le vamos a sacar el peso a la Justicia”, afirmó, subrayando que el reclamo surge ante la falta de respuestas judiciales que las organizaciones consideran suficientes.
De Villa María a La Playosa: un reclamo que se expande
Tras la primera manifestación en Villa María, días después se realizó una segunda marcha en La Playosa, donde el reclamo volvió a escucharse con fuerza. Actualmente, las organizaciones sociales, entre ella ¨Verdad y Justicia¨ ya se encuentran organizando una tercera movilización, con el objetivo de sostener la visibilidad del caso, acompañar a las víctimas y exigir que el Poder Judicial actúe sin privilegios ni demoras, siempre dentro del marco institucional y legal vigente.
Fuente: Instagram del El Regional Villa María
A modo de reflexión editorial, resulta necesario abrir un debate jurídico y social sobre el alcance de las garantías penales en casos de imputados por delitos sexuales.
El principio de presunción de inocencia constituye uno de los pilares del Estado de Derecho y una garantía básica del debido proceso. Sin embargo, se abre un interrogante central: ¿cuál es su límite en este tipo de hechos? En los delitos sexuales —especialmente cuando involucran a niñas, niños y adolescentes— este principio entra en tensión con otros derechos fundamentales que el propio sistema jurídico debe proteger, como la integridad física y psíquica de las víctimas, su derecho a no ser revictimizadas y la obligación estatal de prevenir daños irreparables.
Diversos sectores del campo jurídico y de los derechos humanos advierten que el problema no reside en la existencia de garantías, sino en su aplicación automática y descontextualizada, sin una ponderación real de la asimetría extrema que caracteriza a estos delitos. En ese marco, cuando existen imputados confesos o con pruebas directas contundentes, el debate sobre las garantías adquiere una dimensión distinta, ya que el riesgo no es meramente hipotético. En estos casos, el sistema penal no puede operar como si se tratara de situaciones abstractas, desconectadas del daño ya reconocido y del impacto social generado.
La excarcelabilidad y las medidas morigeradas, aún cuando sean formalmente posibles según la escala penal, no constituyen derechos absolutos. Su procedencia debe evaluarse de manera estricta, considerando el peligro de fuga, el riesgo de entorpecimiento de la investigación y, de forma prioritaria, la protección de las víctimas. En delitos de violencia sexual, la aplicación mecánica de la excarcelación o de la prisión domiciliaria puede trasladar el riesgo a quienes ya han sufrido el daño, debilitando la función preventiva y protectoria del Estado.
Este debate abre una discusión más profunda sobre la necesidad de revisar el funcionamiento del sistema penal frente a delitos de violencia sexual. No se trata de abolir garantías ni de vulnerar derechos, sino de repensar su aplicación concreta, incorporando criterios de protección reforzada cuando existen víctimas menores de edad, confesiones válidas, antecedentes de gravedad o contextos de poder desigual.
En este marco, resulta significativo que gran parte del debate público se concentre en propuestas como la baja de la edad de imputabilidad penal, una medida que apunta principalmente a niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, que muchas veces son víctimas directas o indirectas de múltiples violencias. Esa agenda punitiva desplaza el foco del problema estructural y evita discutir las falencias reales del sistema judicial frente a delitos cometidos por adultos.
Plantear una reforma penal en este punto implica discutir qué se protege primero, cómo se ponderan los riesgos y cuál es el rol del Estado ante hechos que dejan secuelas profundas y permanentes. La presunción de inocencia no puede transformarse en un argumento que neutralice toda medida de cuidado, ni en una coartada institucional frente a la demanda social de justicia, especialmente cuando están en juego derechos de niñas, niños y adolescentes o sectores vulnerables.
Desde esta perspectiva, el debate no es garantismo versus punitivismo, una falsa dicotomía que suele utilizarse para desviar el eje de la discusión. Lo central es debatir garantías para quiénes y frente a qué realidades, con responsabilidad jurídica, sensibilidad social y una revisión profunda de las prácticas judiciales vigentes, más allá de respuestas simplistas o soluciones de impacto mediático.
Redacción
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