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Oscar Barroso, “esta reforma laboral no moderniza, extingue el derecho laboral”

El reconocido abogado laboralista y referente de uno de los estudios jurídicos con mayor trayectoria en derecho del trabajo en Villa María, encabezó junto a su equipo Lucia Prado, Constanza Patrignani y Ulises Morano un análisis crítico sobre los alcances de la denominada Ley de Modernización Laboral. El especialista advierte que la reforma no moderniza el sistema, sino que debilita garantías históricas, limita la reparación integral, flexibiliza la organización del tiempo laboral y erosiona tanto los derechos individuales como la acción colectiva.

 

Una ley que cosifica al trabajador


Para el abogado, el primer problema de la reforma es conceptual. “Cosifica al sujeto trabajador, lo pone como si fuera un objeto más dentro del comercio”, afirma. Desde esa mirada, la ley no se limita a ordenar relaciones laborales, sino que redefine al trabajador desde una lógica de mercado.

 

El laboralista sostiene que esa orientación forma parte de una nueva filosofía de gobierno que atraviesa distintos ámbitos de la vida social. Por eso advierte que la reforma laboral debe leerse junto con otros recortes o modificaciones en derechos vinculados a discapacidad, universidad, salud y organización colectiva.

 

La hipótesis central: extinguir el derecho laboral


Barroso plantea una definición fuerte. “Yo creo que es el principio de la pretensión que tiene este gobierno, que es extinguir el derecho laboral”. En su lectura, una economía de mercado extrema no convive con el derecho laboral tal como fue construido históricamente.

 

“Quieren que no existan más juzgados que atiendan causas laborales”, sostiene, y menciona el cierre de juzgados en la Justicia Nacional del Trabajo como una señal concreta de ese proceso. Para el especialista, no se trata solo de modificar artículos, sino de “dar por concluida la llama del derecho laboral en todas sus expresiones”.

 

El trabajador no negocia en igualdad de condiciones


Uno de los puntos más importantes de su análisis es la crítica a la idea de libertad contractual entre empleador y trabajador. “El sujeto trabajador está en una situación débil frente al sujeto empleador”, explica. No hay, según su mirada, una simetría real entre las partes.

 

Por eso cuestiona que la ley habilite acuerdos individuales bajo el argumento de la libertad de voluntad. “Para hacer acuerdos individuales tiene que haber una simetría negocial”, señala. Y remarca que un trabajador “nunca va a estar en el mismo plano de igualdad que su empleador”, porque necesita conservar su fuente laboral para sostener a su familia.

 

La bolsa horaria y el límite de la voluntad individual


El ejemplo de la bolsa horaria le permite mostrar cómo opera esa desigualdad. Según explica, la norma podría permitir que un empleador haga trabajar horas de más a un empleado y luego supuestamente compense esa carga en otro momento.

 

Pero el abogado advierte que la realidad laboral no funciona así. Si el trabajador intenta reclamar esa compensación, el empleador puede responderle que debe presentarse igual o directamente amenazar su continuidad laboral. Para Barroso, esa situación revela el problema de fondo: se invoca libertad individual donde existe dependencia económica.

 

Indemnización, fondo de cese y pérdida del efecto disuasivo


Otro punto central es el impacto sobre la indemnización. El especialista advierte que, si el costo del despido deja de salir directamente del bolsillo del empleador y pasa a cubrirse desde un fondo, se pierde una función histórica de la indemnización.

 

“La indemnización pretendía que el empleador pensase dos veces antes de despedir sin causa a un empleado”, explica. Con el nuevo esquema, ese efecto disuasivo se debilita. “Ahora no lo va a tener que pensar”, sostiene, porque el costo ya no operaría del mismo modo sobre el empleador.

 

Ni la dictadura se animó a tanto


En un tramo especialmente fuerte, el entrevistado repasa su propia formación. Cuenta que se recibió de abogado en 1977, “en plena dictadura militar”, y recuerda haber estudiado Derecho Laboral con Jorge Sapia, a quien luego tuvo como contraparte en conflictos con el Banco Macro.

 

Desde esa experiencia, deja una frase contundente. “Cuando yo estudié Derecho Laboral, pese a ser en plena dictadura militar, era impensado; ni los mismos militares se atrevieron a cercenar derechos individuales y colectivos como lo hizo el actual gobierno”. La comparación busca dimensionar, desde su trayectoria profesional, la gravedad de los cambios propuestos.

 

La eliminación de la justicia social como mensaje político


Barroso también cuestiona la supresión del principio de justicia social dentro del plexo normativo. Aclara que no recuerda sentencias donde un juez fundara exclusivamente su decisión en ese concepto, pero advierte que quitarlo tiene una carga simbólica.

 

“Si la suprimen del plexo normativo, vos te das cuenta que es para dar un mensaje a la sociedad”, afirma. Para el abogado, esa eliminación no es un detalle técnico, sino parte de una pedagogía política que busca desplazar el horizonte protector del derecho laboral.

 

La irrenunciabilidad de derechos bajo amenaza


Otro punto que considera especialmente grave es el debilitamiento del principio de irrenunciabilidad. “Tocan la irrenunciabilidad de los derechos, lo cual es inaceptable”, sostiene.

 

El problema, explica, aparece cuando se permite que empleadores y trabajadores firmen acuerdos individuales en condiciones profundamente desiguales. Desde su mirada, en un contexto de cierre de empresas, caída del empleo y deterioro salarial, hablar de libertad de negociación entre partes iguales resulta ficticio.

 

Derecho colectivo y asambleas sindicales bajo control patronal


En materia colectiva, el abogado pone como ejemplo la modificación del artículo 20 bis de la Ley 23.551. Según explica, para realizar una asamblea informativa o deliberativa en el lugar de trabajo habría que pedir autorización previa, informar duración y anticipar los temas a tratar.

 

Para Barroso, eso vuelve inviable la práctica sindical. “Convierte en inviable a esa asamblea”, afirma. Y agrega que la situación llega al extremo de exigir aviso al empleador incluso para reuniones fuera del horario laboral, en el sindicato. “Tienen que decirle sobre qué van a hablar y cuánto estiman que va a durar esa reunión”, describe.

 

Un ataque al sujeto colectivo


El cierre de esta primera etapa concentra la lectura política y jurídica del estudio. “Quieren hacer desaparecer el sujeto colectivo que contiene al sujeto individual trabajador”, sostiene el especialista.

 

Desde su perspectiva, el objetivo no es solo flexibilizar condiciones laborales, sino debilitar toda forma de organización colectiva. Por eso interpreta la reforma como parte de un cambio más profundo en la manera de entender la sociedad, el trabajo y los derechos humanos.

 

La “industria del juicio” como falacia histórica


En la segunda parte de su análisis, el laboralista vuelve sobre uno de los argumentos más repetidos por los gobiernos de corte neoliberal. “La industria del juicio es una falacia conceptual”, afirma, y ubica su origen en la última dictadura militar, cuando el ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz comenzó a instalar esa idea como parte del discurso oficial. Luego, sostiene, fue retomada y amplificada por distintos gobiernos con la misma orientación económica.

 

Para el referente del estudio, esa construcción no resiste análisis. “Ningún trabajador quiere perder tiempo yendo a un estudio jurídico”, señala. En su lectura, el juicio laboral no es una estrategia de negocio del trabajador, sino la última herramienta disponible cuando un derecho fue vulnerado. “Si te vulneran derechos, no te queda otra herramienta que acudir al remedio legal”, resume.

 

Menos derechos no generan más empleo


Uno de los ejes más contundentes del planteo es la crítica a la idea de que reducir derechos laborales genera empleo. El abogado lo desmiente sin rodeos. “Es una gran mentira, una cortina de humo para seguir destruyendo la economía nacional”, sostiene.

 

El razonamiento que comparte con su equipo es simple. Aun si se reducen costos laborales o se eliminan derechos, eso no garantiza nuevas contrataciones. “No tenemos demanda”, sintetiza al citar la respuesta que, según señala, dieron empresarios consultados recientemente. El problema no es el derecho laboral, sino la caída del consumo. Si no hay ventas, explica, no hay motivo para contratar más personal, aunque se flexibilicen todas las condiciones.

 

Las inconstitucionalidades que el estudio ya está impugnando


En el plano técnico, el equipo jurídico ya comenzó a incorporar planteos de inconstitucionalidad en las demandas que litiga. Según explica la abogada del estudio, vienen cuestionando tres artículos centrales por considerar que lesionan derechos constitucionales del trabajador.

 

El primero es el artículo 51, que limita la indemnización por despido a una única vía y excluye otras reparaciones civiles. Para el equipo, eso restringe la reparación integral y afecta el derecho de propiedad del trabajador, ya que impide reclamar de manera plena por todos los daños sufridos.

 

El segundo punto cuestionado es el mecanismo de actualización de créditos laborales. Según explican, el índice previsto por la reforma no acompaña la inflación real, lo que licúa el valor del crédito y deteriora el monto efectivo que percibe el trabajador al momento de cobrar.

 

El tercer artículo impugnado es el 56, que habilita el pago de sentencias laborales en cuotas. Hasta seis pagos para grandes empresas y hasta doce para pymes. Para el estudio, ese mecanismo vuelve a licuar el crédito del trabajador y abarata aún más el costo del despido para el empleador.

 

Una ley impuesta y no debatida


Uno de los señalamientos más reiterados por el abogado no apunta solo al contenido de la reforma, sino a su tratamiento legislativo. “Lo más grave que tiene esta ley es que no fue debatida nunca”, afirma.

 

Insiste en que el problema no es solo político, sino institucional. Para el titular del estudio, no existió un análisis serio artículo por artículo ni una discusión de fondo sobre qué se modificaba y por qué. “Debatida implica analizar artículo por artículo los fundamentos del cambio”, remarca. Lo que hubo, según su lectura, fue otra cosa. Una ley “impuesta”, “negociada”, pero no debatida.

 

La crítica al Senado y el caso Vigo


En ese marco, el abogado fue especialmente duro con el papel del Senado y con quienes acompañaron la norma sin un fundamento técnico consistente. Menciona en particular a la senadora Alejandra Vigo y califica su intervención como “vergonzosa”.

 

El cuestionamiento no es partidario, sino argumental. Sostiene que el respaldo legislativo a la reforma se dio bajo generalidades vacías sobre modernización, sin precisar qué artículos justificaban ese cambio ni qué efectos concretos tendría sobre los derechos laborales. Para el estudio, ese tratamiento confirmó la ausencia de un debate real.

 

Abogados laboralistas, estigmatización y memoria


En otro tramo de la entrevista, el laboralista inscribe la discusión en una historia más larga. Recuerda que los abogados laboralistas también fueron perseguidos y estigmatizados en distintos momentos de la historia argentina. Menciona incluso que el autor de la Ley 27.744 fue desaparecido poco después de su sanción y retoma esa memoria para señalar que el derecho laboral nunca fue neutral, sino un terreno de disputa política.

 

En ese recorrido también recupera una referencia local y afectiva, la del doctor Alcides Demarchi, a quien reconoce como su maestro y una figura central del derecho laboral en Villa María. Lo recuerda no solo como abogado de sindicatos, sino como alguien que ejercía la profesión “con amor y con pasión por el derecho laboral” y con una convicción clara, defender la dignidad del trabajador.

 

La batalla política y la batalla legal


Hacia el cierre, el titular del estudio deja una definición que sintetiza el momento. “La batalla política ya se perdió. Pero la guerra todavía no se perdió”.

 

Con esa frase plantea que el terreno parlamentario ya fue cedido, pero que ahora comienza otra disputa. La judicial. Una batalla que, advierte, se dará en un escenario complejo, con una justicia cuya independencia también pone en duda. Allí ubica el próximo gran capítulo del conflicto.

 

Lo que ya se ve en el estudio


La abogada del equipo suma una advertencia práctica. Aunque todavía no hay demasiados casos resueltos bajo el nuevo régimen, sí crecen las consultas de trabajadores preocupados y desinformados. Muchos llegan con dudas construidas por redes sociales o por versiones incompletas de sus empleadores.

 

La preocupación más repetida gira en torno al banco de horas y al nuevo manejo del tiempo laboral. La profesional lo resume con claridad. Muchos trabajadores no quieren “descanso compensatorio”, quieren cobrar horas extras, porque “eso es lo que lleva el plato de comida a su casa”. Allí, señala, aparece con claridad el impacto concreto de una reforma que se presenta como modernización, pero que en la práctica altera el ingreso, la previsibilidad y la organización cotidiana de la vida.

 

El proyecto de vida también entra en disputa


La reflexión final del abogado vuelve al punto de partida. “Estas modificaciones cosifican al trabajador”, insiste. Pero ahora lo traduce en términos concretos.

 

El problema no es solo jurídico o salarial. También afecta la organización de la vida. Un trabajador que antes sabía a qué hora salía, cuándo buscaba a su hijo o cómo organizaba su rutina familiar, ahora queda sometido a una disponibilidad incierta. “Le hacen perder su proyecto de vida directamente”, advierte.

 

En esa frase se condensa el corazón del planteo del estudio. La reforma no solo cambia reglas laborales. Cambia la previsibilidad, el tiempo y la dignidad con la que una persona puede organizar su vida.

 

Fuente: en exclusivo para Revista Vértices.

 

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