Sanción a COMARSEG por Incumplimiento en la Presentación de Estados Contable

La Superintendencia de Seguros de la Nación aplicó un apercibimiento a COMARSEG Compañía Argentina de Seguros S.A. por la presentación tardía de sus Estados Contables. La demora impidió una adecuada fiscalización de su solvencia financiera, afectando la transparencia del mercado y la protección de los asegurados.

La Superintendencia de Seguros de la Nación aplicó un apercibimiento a la aseguradora por presentar fuera de plazo su balance financiero. La falta de cumplimiento afecta la transparencia del mercado y la protección de los asegurados.

 

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) sancionó a COMARSEG Compañía Argentina de Seguros S.A. por la presentación tardía de sus Estados Contables correspondientes al período cerrado el 30 de septiembre de 2024. Según la normativa vigente, las aseguradoras deben presentar estos documentos dentro de los 45 días posteriores al cierre del período correspondiente.

 

El organismo de control señaló que la demora impide una fiscalización oportuna de la solvencia financiera de la empresa, lo que podría afectar la confianza del mercado y la seguridad de los asegurados. Además, destacó que la aseguradora debía haber tomado los recaudos necesarios para cumplir en tiempo y forma con la normativa.

 

Desde la perspectiva de la defensa del consumidor, el incumplimiento de COMARSEG genera incertidumbre sobre su capacidad para afrontar sus compromisos con los clientes. La presentación extemporánea de los Estados Contables dificulta la verificación de su situación financiera, lo que podría comprometer la estabilidad del sector asegurador y afectar a quienes dependen de estas compañías para resguardar su patrimonio.

 

La SSN subrayó que la mora en el cumplimiento de plazos es automática, sin necesidad de interpelación previa. Por este motivo, resolvió aplicar un apercibimiento a la aseguradora, recordándole la importancia de cumplir con sus obligaciones de manera diligente.

 

 

Fuente: Resolución RESOL-2025-47-APN-SSN#MEC, Superintendencia de Seguros de la Nación

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