🟥 Vigilancia total: el nuevo estatuto policial que pone en riesgo los derechos de los usuarios

El Decreto 383/2025 modifica por completo la misión y estructura de la Policía Federal Argentina. Bajo la consigna de combatir el crimen organizado, se eliminan funciones en la Ciudad de Buenos Aires y se refuerza un modelo de vigilancia proactiva. Pero, en nombre de la seguridad, el Estado avanza peligrosamente sobre libertades públicas y derechos ciudadanos.

Fuente: Foto La Nueva Provincia

 

La reciente publicación del Decreto 383/2025 junto a su extenso Anexo —el nuevo Estatuto de la Policía Federal Argentina (PFA)— marca un punto de inflexión en el sistema de seguridad del país. Bajo una narrativa de modernización institucional y eficacia contra el delito organizado, el gobierno redefine misiones, estructura y atribuciones de la principal fuerza de seguridad federal, con consecuencias profundas sobre el derecho a la protesta, la privacidad digital y la participación ciudadana.

 

La nueva norma elimina las competencias locales en la Ciudad de Buenos Aires y formaliza el giro hacia una policía federal enfocada exclusivamente en delitos complejos, pero con atribuciones ampliadas que preocupan por su potencial uso represivo. Se establece que la PFA podrá:

 

Operar en cualquier jurisdicción sin necesidad de autorización previa en “casos urgentes”.


Realizar requisas sin orden judicial, incluso sobre vehículos y pertenencias personales, si presume riesgo o pruebas por desaparecer.


Desarrollar tareas de vigilancia digital sin autorización judicial en redes sociales, sitios web y otras plataformas públicas.


Retener personas hasta 10 horas por no poder acreditar su identidad, incluso sin orden de detención.


Estas prerrogativas, si bien delimitadas formalmente por ciertos supuestos, abren la puerta a abusos si no se ejercen con estrictos controles. Como advierten distintas organizaciones de derechos humanos, se corre el riesgo de legitimar prácticas que ya han sido cuestionadas en el pasado reciente: espionaje interno, infiltración en protestas, vigilancia ideológica y criminalización de la disidencia.

 

Además, el estatuto consagra expresamente la posibilidad de cobrar por servicios de seguridad, incluyendo custodia en aeropuertos y otros objetivos críticos, mercantilizando aún más la función pública de proteger. Y habilita la excepción del retiro obligatorio para Oficiales Superiores, lo que consolida cuadros de conducción históricos con escasa renovación democrática.

 

Un modelo de policía al estilo FBI, sin debate ciudadano


Uno de los aspectos más alarmantes del decreto es que se impone sin consulta parlamentaria ni debate social amplio. El modelo propuesto —inspirado en agencias como el FBI estadounidense— busca atraer profesionales universitarios y reducir el ingreso masivo de suboficiales. Sin embargo, no hay ninguna instancia de participación ciudadana ni garantía de que estos cambios mejoren la relación entre la policía y la sociedad.

 

Por el contrario, la ciudadanía queda excluida incluso de opinar sobre los criterios de evaluación y control del desempeño policial, que ahora serán definidos exclusivamente por el Ministerio de Seguridad. Este mecanismo profundiza la lógica de una fuerza orientada al control más que a la protección.

 

El precio de la “eficiencia”: menos voces, más vigilancia


Mientras se promete una fuerza “moderna y orientada por el conocimiento”, el Estado se reserva la facultad de controlar la calle, el espacio público, las redes sociales, y hasta el pensamiento de quienes osen manifestarse contra el orden establecido. Las audiencias públicas, las protestas sociales y la circulación libre de ideas podrían verse afectadas por esta lógica de seguridad total.

 

En este contexto, preocupa la falta de mecanismos ciudadanos para exigir rendición de cuentas o intervenir ante casos de abuso institucional. Lejos de garantizar libertades democráticas, este nuevo marco normativo parece priorizar la eficiencia técnica por sobre los derechos fundamentales.

 

 
Fuente: Decreto 383/2025 y Anexo IF-2025-64683268-APN-MSG, publicado en el Boletín Oficial el 17/06/2025.

 

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