La letra chica de la medida cautelar que frena la disolución de Vialidad Nacional
El 17 de julio de 2025, la Justicia federal frenó parcialmente el avance del Decreto 461/2025, una norma que ordenaba la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad y la transferencia de sus funciones al Ministerio de Economía. La medida cautelar de no innovar, dictada por la jueza Martina Forns a pedido del sindicato SEVINA, suspende por seis meses cualquier acto administrativo que implique traslado, despido, pase a disponibilidad o supresión de estructuras del organismo.
Autor
Redacción
Compartir:
Fuente: Foto Data Diario
Una medida cautelar de “no innovar” dictada por el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín n.º 2 pone un freno provisorio a la ejecución del Decreto 461/2025, que ordenaba la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV). La jueza Martina Isabel Forns resolvió suspender cualquier acto administrativo derivado del decreto que afecte al personal, estructura o funciones del organismo.
El fallo responde a un amparo colectivo impulsado por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA), que considera que el Poder Ejecutivo actuó sin respaldo legal, vulnerando derechos laborales, sindicales y principios constitucionales. Aunque la sentencia no declara la inconstitucionalidad del decreto, sí impone un límite temporal a su aplicación por el término de seis meses.
La medida en 10 puntos didácticos
¿Qué se frenó?
El Poder Ejecutivo Nacional no podrá ejecutar ningún acto administrativo que derive del Decreto 461/2025 en relación con la Dirección Nacional de Vialidad. Esto incluye traslados, despidos, reubicaciones o cambios estructurales.
¿Quién lo solicitó?
La medida fue pedida por el sindicato SEVINA, que representa trabajadores de Vialidad Nacional en Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires (excepto Bahía Blanca).
¿Qué dice el decreto frenado?
El Decreto 461/2025 ordenaba disolver la DNV, transferir sus funciones al Ministerio de Economía y a la Agencia de Control de Concesiones, y redistribuir bienes, personal y presupuesto.
¿Por qué dicen que es ilegal?
Porque la Ley de Bases 27.742 delega al Poder Ejecutivo la reorganización solo sobre algunos tipos de entes (incisos a, b y d de la Ley 24.156), pero la DNV no está en ese grupo: es un ente autárquico (inciso c) que requiere una ley específica para ser disuelto.
¿Qué derechos se consideran vulnerados?
La estabilidad del empleo público, los derechos colectivos de los trabajadores, la libertad sindical y los convenios colectivos vigentes. También se cuestiona que el decreto viola normas internacionales con jerarquía constitucional.
¿Qué es una medida de “no innovar”?
Es una medida cautelar que busca mantener el statu quo hasta que se resuelva el fondo del caso. En este caso, se impide que el Estado ejecute cambios en Vialidad Nacional mientras se analiza la legalidad del decreto.
¿Qué requisitos se evaluaron?
La jueza consideró que existen verosimilitud del derecho y peligro en la demora, dos condiciones básicas para conceder una cautelar. A mayor urgencia, se exige menos prueba previa del derecho alegado.
¿Cuáles son las normas invocadas?
Artículo 43 de la Constitución Nacional Convención Americana de Derechos Humanos Convenios 87, 98 y 151 de la OIT Leyes 24.156, 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo) y 27.742 Convenios colectivos 874/07 “E” y 827/06 “E” Decreto-Ley 505/1958
¿Por cuánto tiempo rige la medida?
Tiene una vigencia de seis (6) meses contados desde su notificación, conforme a lo que dispone el artículo 5 de la Ley 26.854 sobre medidas cautelares contra el Estado.
¿Y ahora qué sigue?
El Estado no podrá avanzar con la ejecución del decreto hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. El juicio continúa y la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 461/2025 queda pendiente de análisis más profundo.
Fuentes: Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín n.º 2. Despacho FSM 28376/2025.
En el marco de la audiencia pública por la Revisión Tarifaria Integral 2026–2030 de la distribuidora eléctrica de Tucumán, un abogado de la Unión de Usuarios y Consumidores del NOA, Miguel Paz expuso objeciones técnicas, sociales y territoriales al diseño del cuadro tarifario. Desde fallas estructurales en la ingeniería de tarifas hasta la falta de controles en la tarifa social y la ausencia de espacios de participación ciudadana, la intervención puso en evidencia cómo el esquema propuesto puede perjudicar directamente a los usuarios.
En el cierre del año, la Unión de Usuarios y Consumidores volvió a marcar posición política, social y económica. En una extensa entrevista radial, su presidente a nivel nacional, Claudio Boada, realizó un balance del trabajo territorial de la organización, advirtió sobre el impacto del ajuste en la vida cotidiana y reafirmó una definición central: sin Estado no hay mercado justo ni derechos posibles para usuarios y consumidores. La entrevista se realizó en el último programa del ciclo 2025 de SOS Señal de Radio, en Radio Futura junto a Ricardo Gil y Gustavo Pescetta, y funcionó como una síntesis política del recorrido anual de la organización en un contexto que Boada definió sin rodeos como “muy difícil”.
Tras la gran visibilidad pública de lo sucedido por la contaminación de quesos, la Unión de Usuarios y Consumidores Filial Villa María difundió un comunicado alertando sobre la confirmación de personas intoxicadas por el consumo de una marca de impacto masivo. Días después, el debate se amplió en una entrevista realizada en Un Programa Perfecto, emitido el 17 de diciembre de 2025 por la tarde en Radio UNR, donde participó Analía Silvano, ingeniera química especialista en industrias lácteas, dirigente sindical, docente jubilada y profesional comprometida con la soberanía alimentaria, integrante de la Unión de Usuarios y Consumidores de Villa María. La conversación se dio en una mesa compartida con Valeria Vaccaro, referente de la Unión de Usuarios y Consumidores de Rosario, y permitió profundizar sobre las fallas en los controles sanitarios, la falta de información pública y los riesgos que enfrenta la población cuando el Estado se retira de su rol preventivo.